Atracción de talento, trabajo a distancia y digitalización.
1. Introducción
El Consejo de Ministros aprobó el día 10 de diciembre de 2021 la remisión a las Cortes del Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (comúnmente conocidas como startups).
El objeto de dicho Proyecto de Ley consiste en impulsar la creación y el crecimiento de las startups, ya que hasta la llegada de esta propuesta normativa no existía una definición normalizada en nuestro ordenamiento jurídico.
Finalmente, se prevé que su aprobación en el Congreso se realice antes de que acabe el 2022.
2. Aspectos regulados.
2.1 Identificación de la startup
En primer lugar, el Proyecto de Ley ha ofrecido una primera definición sobre las startups, estableciendo que son empresas de nueva creación o de menos de 5 años, ampliando esta ratio a los 7 años en el caso de empresas del sector de la biotecnología, energía, industriales u otros sectores estratégicos.
Además, las concreta como empresas independientes de otras empresas, que no cotizan en un mercado de valores, que no distribuyen beneficios y que tienen un volumen de negocio anual de hasta 5 millones de euros.
2.2 Agilidad administrativa
En cuanto a los trámites burocráticos, observamos una agilización de los mismos a través de la posibilidad de registrar la creación de las startups por medios telemáticos.
El Proyecto de Ley prevé la gratuidad de aranceles respecto a notarios y registradores, en la constitución de sociedades limitadas, así como en la publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME); la creación de la empresa por medios telemáticos; y la no obligatoriedad de obtener el número de identificación de extranjeros (NIE) para los inversores no residentes, exigiendo únicamente que tanto ellos como sus representantes obtengan los números de identificación fiscal (NIF).
2.3 Atractivos fiscales
El proyecto de ley contempla medidas fiscales para atraer y recuperar el talento y la inversión, a la vez que favorecer la creación de hubs digitales. Destacando las siguientes:
- Se reduce el tipo impositivo en el Impuesto de Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, del tipo general del 25% al 15% en los cuatro primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva.
- Se eleva el importe de la exención de tributación de las opciones sobre acciones (stock options) de 12.000 a 50.000 euros anuales en el caso de entrega por parte de startups de acciones o participaciones derivadas del ejercicio de opciones de compra y se flexibilizan las condiciones de generación de autocartera en sociedades de responsabilidad limitada.
- Se amplía la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación (de 60.000 a 100.000 euros anuales), el tipo de deducción (que pasa del 30 al 50%), así como el periodo en el que se considera de reciente creación que sube de 3 a 5 años, con carácter general, o a 7 para empresas de ciertos sectores.
- Se permite el aplazamiento de la deuda tributaria del Impuesto de Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de No Residentes en los dos primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva, sin garantías ni intereses de demora.
- Con el objetivo de repatriar talento se relajan los requisitos generales para acceder al régimen tributario especial y optar por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes. En el régimen jurídico vigente es necesario que el contribuyente tenga la condición de no residente fiscal en España en los 10 periodos impositivos anteriores a aquel en el que produjera su desplazamiento a territorio español, ahora se pretende reducir este requisito de no residencia en territorio español a los 5 periodos impositivos previos al que se produzca el desplazamiento a dicho territorio.
- Como incentivo social, destaca la eliminación durante 3 años de la doble cotización a la Seguridad Social en caso de pluriactividad, para emprendedores que trabajen de forma simultánea para un empleador por cuenta ajena; siendo antes obligatorio su alta en dos o más regímenes distintos del Sistema de la Seguridad Social. Esta bonificación se disfrutará como máximo durante los tres primeros años a contar desde la fecha del alta del inicio de la actividad autónoma por la dedicación a la empresa emergente.
2.4 Circulación del conocimiento
Finalmente, el Proyecto de Ley pretende fomentar también la colaboración entre las administraciones públicas, las universidades, organismos públicos de investigación y centros tecnológicos. Para ello, hace una regulación general y básica sobre los entornos de prueba regulados basados en la reciente experiencia exitosa del “sandbox”[1] del sector financiero. En ese sentido, se permitirá la prueba de innovaciones de las startups durante un año, en un entorno controlado, para evaluar la utilidad, viabilidad y el impacto de innovaciones tecnológicas en los diferentes sectores de actividad productiva.
[1] Cuando hablamos de un sandbox financiero hablamos de un entorno de pruebas seguro en el que se pueden realizar pruebas para testear la efectividad de nuevos productos, programas o tecnologías.