El mundo globalizado e interconectado actual trae como consecuencia que cada vez más empresas se vean en la necesidad de llegar a acuerdos de colaboración y negociaciones para aumentar sus beneficios y su cuota de mercado, mediante acuerdos de colaboración, alianzas estratégicas o acuerdos de “joint venture”

Definición de joint venture

Este término inglés significa unión de empresas, casi siempre, a largo plazo y bajo la fórmula de acuerdos comerciales de inversión o de constitución de empresas entre los socios. Su objetivo es desarrollar una idea o proyecto de negocio, aunque también pueden ofrecer sus productos y servicios en un nuevo nicho de mercado o internacionalizar sus negocios.

 La aportación de las partes a la alianza puede ser de múltiples formas, no solo dineraria. Dicha aportación puede consistir en el conocimiento, la forma de hacer las cosas de una de las partes, las materias primas, el personal experimentado, las patentes o marcas. Al igual que en cualquier unión, se comparten riesgos, esfuerzos, beneficios, dudas y cualquier otra cosa que sea de utilidad para la consecución de los objetivos de la alianza estrategica.

En definitiva, con una joint venture lo que se pretende es compartir sinergias, de tal forma que la unión del trabajo y los esfuerzos de cada una de las partes de manera conjunta consiga un beneficio mayor que la actuación de manera individual.

La forma de ejecutar esta joint venture puede ser mediante la firma de un contrato entre las partes intervinientes, en el que se establezcan los criterios, cláusulas y normas que han de regir esta alianza estrategica. Este contrato puede ir desde un mero acuerdo de colaboración entre los miembros hasta la constitución de una nueva sociedad.

¿Qué tipos de joint venture se conocen? 

Existen diversas clases de joint venture en el mercado, en función de diversas características y rasgos de las mismas. A continuación se pueden ver algunas de las más importantes:

  1. Según la modalidad de relación entre las partes:

Joint venture societaria, que se trata de la creación de una sociedad común entre los socios de la alianza estratégica con personalidad jurídica propia y actividad singular e independiente a sus fundadores.

Joint venture contractual, que se trata de la firma de un contrato basado en acuerdos sobre derechos y obligaciones de las firmantes en la realización del negocio.

b. Según su contexto geográfico:

Joint venture nacional: Sus socios son todos de un mismo país, que constará además como domicilio social de la joint venture.

Joint venture internacional: Sus socios son de diferentes países. Será socio local aquel cuyo país de origen sea el elegido para instalar y constituir la joint venture.

c. Según el rol de los socios:

Joint venture socio dominante: La actividad de la alianza en la mayoría de las veces es llevada a cabo por un socio que toma decisiones, mientras que el otro simplemente aporta ideas o apoya las decisiones y estrategias del primero.

Joint venture de decisiones compartidas: Todos los socios participan activamente en la administración y desarrollo del negocio, todos ellos cooperan y deciden en común.

Joint venture independiente: Significa que ninguno de los socios tiene un papel activo. El papel fundamental en el negocio recae en manos de un tercero, llamado gerente o director, que es contratado por los socios para tal fin.

Principales Ventajas de la joint venture

Algunas ventajas que se pueden señalar de las joint venture son las siguientes:

  • Compartir recursos humanos, tecnológicos o materiales y muchos otros, por lo que a la larga se reducen costes.
  • Superar barreras comerciales y físicas, construyendo nuevos nichos de mercado para conseguir una mayor cuota.
  • Incrementar la productividad, gracias a una mayor efectividad que trae consigo el trabajar conjuntamente en sinergia.
  • Mejorar las políticas de calidad, cuya puesta en práctica supondría ser más competitivos.
  • Promover la investigación y con ello el avance tecnológico y empresarial.

Esta modalidad de alianza estratégica es conocida en el ámbito empresarial español y es bastante común en empresas que desean internacionalizar su actividad en mercados tan complejos como América Latina o China, cuando es conveniente contar con un socio local.

¿Cuáles son los requisitos?

Para que la Comisión Europea dé su consentimiento, en los casos en que sea necesario por superar los umbrales económicos de la posible concentración, a la creación de una joint venture se deben cumplir siempre los requisitos siguientes:

  • Debe facilitar un avance en la política de distribución de las empresas, favoreciendo mejoras económicas y tecnológicas a todos los niveles.
  • Debe consistir en una posibilidad real de aportar un producto novedoso de mayor calidad y en mejores condiciones.
  • En el contrato tiene que figurar explícitamente el tiempo por el cual se firma, sus posibles prórrogas y renuncias, y sus fines.
  • El contrato no debe tener como objetivo disminuir la competencia.
  • Tiene que realizarse a favor de los intereses de la Unión Europea y sus Estados miembros.
  • Asimismo, existe otra serie de requisitos más generales para cualquier joint venture como pueden ser: fijación de una moneda común de las operaciones, establecimiento de las aportaciones que ha de realizar cada socio y la recomendación de su elevación a escritura pública ante notario para gozar de publicidad, y efectividad jurídica plena.

Documentación necesaria

Debe constar reflejada en un documento en el que se especifiquen claramente las empresas que forman parte, los acuerdos a los que se han llegado, el domicilio de la joint venture, la moneda de la misma y su duración, aportaciones de los socios, toma de decisiones , criterios de retribución y reparto y reglas para su disolución y liquidacion, . Además, se suelen incluir anexos sobre acuerdos puntuales en determinadas materias como patentes y marcas.